DIVORCIO INDEMNIZACION
 

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MONTO Y FORMA DE PAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA.
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La procedencia, monto y forma de pago de la compensación económica puede determinarse de dos formas: de común acuerdo o judicialmente. Como ya resulta común en nuestro derecho de familia, la ley entrega primero a los involucrados la posibilidad de resolver el asunto y así queda de manifiesto en el artículo 63 de la Ley de Matrimonio Civil, “La compensación económica y su monto y forma de pago, en su caso, serán convenidos por los cónyuges, si fueren mayores de edad, mediante acuerdo que constará en escritura pública o acta de avenimiento, las cuales se someterán a la aprobación del tribunal”.

En caso de que no exista un acuerdo sobre la materia, corresponderá al juez determinar la procedencia de la compensación económica y fijar su monto. En relación a esta modalidad, el juez determinará en el sentencia de divorcio la forma de pago, que puede consistir en la entrega de una suma de dinero, acciones u otros bienes, o en la constitución de derechos reales de usufructo, uso o habitación sobre bienes de la propiedad del cónyuge deudor.

 

Nuestro Prestigio nos Avala

Proporcionamos a nuestra distinguida clientela, una asesoría legal, eficiente, personalizada, confidencial y con resultados objetivos en Juicios de Familia
Nuestro prestigio viene avalado, por los múltiples juicios de familia ganados y nuestra experticia en la materia.
Estamos ubicados la calle Santa Magdalena # 75 oficina 810, metro Los Leones, Providencia, Santiago de Chile.

 

RODRIGO VIDAL DE BERNADIS, Abogado, miembro fundador de Abogados Derecho de la Familia. Con mas de 18 años en el ejercicio de la profesión.

Con postitulo U de chile derecho de familia y postitulo en mediación Familiar.
Contamos con abogados tanto en santiago como en regiones y tramitamos juicios de familia en el extranjero.



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ABOGADO RODRIGO VIDAL DE BERNARDIS & CIA.
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MOVIL. 9 64 28309
SANTA MAGDALENA # 75 OFICINA 810
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Tenemos amplia experiencia en la tramitación de juicios de reconocimiento o impugnación de paternidad. En estos juicios se permite la utilización de las pruebas de ADN, que garantizan una respuesta certera en cuanto a los derechos reclamados o impugnados.

Con la legislación vigente, la determinación de la filiación, mediante los juicios de paternidad son más expeditos y menos engorrosos lo cual redunda en satisfactoria conclusión de este tipo de juicios dentro de un plazo razonable.

También representamos a padres que desean reconocer voluntariamente a un hijo, lo cual permite evitar juicios de filiación, muchas veces no deseados.

   

 

 
   
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